sábado, 7 de diciembre de 2013

Operaciones Bancarias


UNIVERSIDAD PANAMERICANA DE EL SALVADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS
LICENCIATURA EN CONTADURIA PÚBLICA














INVESTIGACIÓN:

REGISTRO Y CLASIFICACION DE LAS OPERACIONES PASIVAS Y ACTIVAS DE LOS BANCOS SEGÚN LA LEY DE BANCOS Y DEMAS DISPOSICIONES LEGALES EN EL SALVADOR.




PRESENTADO POR:
MARIA DEL PILAR CONTRERAS ACOSTA



ASESOR:
LIC. CARLOS CHAVEZ




SAN SALVADOR, 16 DE NOVIEMBRE DE 2013              
EL SALVADOR, CENTROAMERICA






INTRODUCCIÓN……………………………………………………………..
3
JUSTIFICACIÓN………………………………………………………………
4
OBJETIVOS:………………………………………………………………….
5
Objetivos Generales
Objetivos Especificos
MARCO HISTORICO…………………………………………………………
6
MARCO JURIDICO…………………………………………………………..
15
MARCO CONCEPTUAL…………………………………………………….
21
CASO PRÁCTICO……………………………………………………………
31
CONCLUSIÓN………………………………………………………………..
40
RECOMENDACIONES………………………………………………………
41
BIBLIOGRAFIA……………………………………………………………….
42
WEBGRAFIA…………………………………………………………………
42
ANEXOS………………………………………………………………………
43

INTRODUCCIÓN


En nuestro país se denominan operaciones bancarias a aquellas operaciones de crédito practicadas por un banco de manera profesional, clasificadas como operaciones pasivas y operaciones activas.
Esta clasificación según el sujeto es la antes mencionada y la que posteriormente detallaremos:
Son operaciones activas: En el momento en que el banco otorga el crédito, ya sea préstamos, anticipos, apertura de créditos, etc.
Son operaciones pasivas: Todos los fondos que directamente han sido depositados por los clientes, de tales depósitos el banco puede disponer para la realización de sus actividades activas, adquiriendo a la vez una obligación con los clientes que han confiado resguardar su dinero en la entidad financiera.
La investigación se basa en la clasificación de las principales operaciones bancarias activas y pasivas de El Sistema Financiero de El Salvador.












JUSTIFICACIÓN

Se considera importante conocer y describir las operaciones bancarias activas y pasivas en el sistema financiero de El Salvador para tener un conocimiento más amplio sobre cada una de ellas. Además para poder aplicar dichos conocimientos en el diario vivir y así al momento de participar en alguna de estas operaciones el lector ya tendrá el conocimiento necesario para actuar de la forma correcta sin mayores inconvenientes. También es importante y necesario tener conocimiento de las leyes que regulan las operaciones bancarias activas y pasivas en El Salvador.
















OBJETIVO GENERAL

Conceptualizar y Definir las operaciones pasivas y activas de los bancos del sistema financiero de El Salvador.


OBJETIVO ESPECIFICO

Identificar la definición de las operaciones pasivas y activas de los bancos.
Conocer la Ley de Bancos.
Estudiar la normativa técnica y disposiciones legales que regulan a los bancos.
Analizar la contribución de los bancos para el desarrollo y dinamismo de la economía en el país.








MARCO HISTORICO
Antecedentes Históricos
La banca, tal como la conocemos en nuestros días, es el fruto de siglos de evolución. Es así que en la historia de la humanidad podemos distinguir tres grandes fases de la actividad financiera: la no monetaria, la monetaria y la de crédito. En la primera fase, cuando el hombre habitaba en cavernas, el intercambio de productos se realizaba de forma directa: se cambiaba una cosa por otra y por tanto no había necesidad de moneda. En la segunda fase, cuando la economía se había desarrollado un poco más, se comenzó a utilizar la mercancía-moneda, pero debido a la gran cantidad de mercancías que se utilizaron, estas fueron reemplazadas por metales preciosos como el oro y la plata que eran objetos universalmente aceptados. Al intensificarse las actividades comerciales y las operaciones de cambio de moneda aparecieron los bancos en el siglo XVI, pero no es sino a partir del siglo XVIII que se estableció el uso del papel moneda.
Haciendo un recuento histórico más detallado, encontramos que los orígenes más remotos según los autores se ubican en el medio oriente, específicamente en Babilonia. Esta civilización tenía muchas ciudades en las que se desarrollaba el comercio, sin embargo, se cree que fue la ciudad de Uruk situada en la parte sur de la meseta mesopotámica y junto al río Eufrates donde se realizaban operaciones de banca, en un templo que se conoce con el nombre de Templo Rojo de Uruk. Allí se recibía dinero para guardarlo y también se prestaba y se realizaban otros negocios bancarios. Según los autores, los babilónicos tenían un desarrollado sistema financiero y usaban lingotes de oro y plata como signos de valor y como medios de cambio en sus transacciones financieras. Los préstamos los hacían en mercancías o en lingotes a muy altas tasas de interés, las cuales eran fijadas por el Estado. En Babilonia no había bancos, pero habían familias que se dedicaban a prestar dinero y este negocio pasaba de generación en generación. Los sacerdotes también prestaban y financiaban sobre todo los cultivos.
Los hititas eran otros de los habitantes de Mesopotamia y realizaban operaciones como anticipar créditos a largo plazo y participar en negocios inmobiliarios. Sus pagos los realizaban con lingotes de plata.

En otro espacio geográfico, específicamente en la India, antiguamente no había bancos y el dinero y las cosas de valor se escondían en las casas, se enterraban en los patios o se daban en depósito a los amigos de confianza. En la época de Buda, los comerciantes utilizaron un sistema de crédito con documentos parecidos a los pagarés. En la antigua China, se desarrolló un sistema de crédito y de acuñación de moneda y los mercaderes se prestaban entre ellos, a tasas de interés muy elevadas. Las más antiguas monedas conocidas por la antigua China fueron: conchas marinas, navajas y seda. Se dice que los chinos inventaron la moneda veinticinco siglos antes de nuestra era, aún antes que en Babilonia, en donde emitían moneda fiduciaria. Tenían métodos contables como las letras de cambio y billetes de Estado. Los banqueros en Grecia se conocían con el nombre de traperitas y columbistas y se dedicaban al cambio y a hacer préstamos. Los bancos griegos enfrentaron muchos problemas debido a que los intereses de los préstamos eran muy altos. La iglesia también tuvo actividad bancaria y sus intereses eran más bajos. Los estados griegos y la iglesia fundaron bancos públicos para evitar los altos intereses de los banqueros privados.
El sistema bancario se introdujo a Roma proveniente de la parte oriental de Grecia y fue manejado esencialmente por griegos y sirios en Italia. Los Argentarii fueron los primeros que empezaron a desarrollar la función de la banca en Roma, entre sus actividades principales estaban: los depósitos a la vista, servicio de caja, préstamos a intereses con garantías o sin ella, etc.

A partir de la caída del Imperio Romano de Occidente en el siglo V que marca el inicio de la edad media, los judíos iniciaron el ejercicio del crédito en los centros urbanos. En el campo operaban los monasterios los cuales desempeñaban el papel de verdaderos centros financieros, pero apegados a las reglas de la iglesia cristiana. En la edad media se fundaron muchos bancos privados y públicos siendo el más importante La Taula de Cambi, el cual tenía entre sus funciones la de otorgar financiamiento ilimitado a la municipalidad de Barcelona.
Durante los siglos XVIII y XIX la evolución de los bancos fue muy notable. Muchas instituciones en toda Europa se dedicaron a realizar operaciones bancarias de intermediación en el crédito captando dinero mediante depósitos y prestándolo. En esta época comienza la emisión del papel moneda, en consecuencia aparecieron las operaciones bancarias especializadas propias.
Del siglo XIX en adelante los bancos evolucionaron notablemente, a medida que se modernizaba la sociedad sus relaciones de intercambio se volvieron más complejas y la banca moderna se concibió como persona jurídica colectiva.

La anterior sinopsis histórica demuestra que el sistema bancario es el producto de siglos de evolución y desarrollo de la economía. No puede entenderse el surgimiento de los bancos de manera aislada, sino a la par del desenvolvimiento de la economía mundial y sus relaciones de intercambio comercial. Desde el inicio del rudimentario intercambio directo se hacía necesario que los excedentes en la incipiente producción de esa época fueran aprovechados para impulsar un intercambio más intenso.
A medida que estas relaciones de intercambio crecen y la economía se complejiza la necesidad del financiamiento como fuente de inyección de todos los aspectos de la economía se hace palpable y estos servicios que al principio son prestados por personas individuales y a menor escala, se convierten en negocios familiares que con el paso del tiempo dan origen a los bancos que en la actualidad conocemos y en donde los servicios financieros son realizados en masa y de manera profesional.

Origen de la palabra banco
En cuanto al origen de la palabra banco hay diversas opiniones entre las más importantes están: la que se deriva de “abacus” que eran los muebles que utilizaban los Argentarii en Roma, para realizar sus actividades contables. Otros afirman que proviene de la mesa en que los mercaderes mostraban sus mercancías a los compradores. La mayor parte de autores están de acuerdo en que la palabra banco tiene su origen en el mostrador en que los cambistas.

El banco capta dinero a través de depósitos de los ahorrantes por medio de obligaciones bancarias y también a través de los fideicomisos y a su vez el dinero es colocado fuera del banco por medio de préstamos o mutuos, por las aperturas de crédito, cartas de crédito, créditos a la producción, etc. En esta forma el banco realiza un doble papel, el de deudor y el de acreedor. De esta manera se observa que el banco se dedica a recibir capitales ociosos, a la vez les da una inversión útil por medio de los préstamos que hace a los indiversionistas.
Diferencias entre banca y banco
Banca es el conjunto de actividades que los bancos realizan en un país determinado y banco son sociedades, instituciones o empresas. En un país pueden haber diferentes tipos de bancos los cuales deben contar con la autorización del organismo regulador de los bancos de su país para realizar su función intermediadora de crédito.
Importancia del derecho bancario
La actividad bancaria se difunde y penetra en casi todos los aspectos de la vida social, desde la economía doméstica hasta la del Estado, desde el ahorro familiar hasta el financiamiento de las grandes empresas.

Esta rica y compleja materia de la actividad humana, así como es gobernada por la ley económica y la norma técnica, está sometida igual que cualquier otra, a la acción reguladora del derecho. El campo de la actividad bancaria es bastante amplio ya que está sometido a diferentes regulaciones como lo son: la contabilidad bancaria, la economía bancaria, la técnica bancaria y la constituida por las normas jurídicas relativas a la materia bancaria. Entre estas esta la Superintendencia del Sistema Financiero.
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO

En un sistema financiero íntegro, transparente, ordenado, justo y eficiente, la protección de los derechos de los usuarios juega un papel trascendental, por lo que dentro de la infraestructura de dicho sistema se debe considerar un marco legal y una institucionalidad que permita un desarrollo adecuado de la referida protección, considerando a la vez, el rol protagónico de los usuarios, para una mayor efectividad de los esfuerzos realizados por las entidades llamadas a tutelar dichos derechos.
En el caso de El Salvador, las leyes del sistema financiero y, de forma especial, la Ley de Protección al Consumidor, constituyen el marco jurídico que considera diversos aspectos referidos a la protección de los derechos de los consumidores, entre los que se encuentran: acceso a información clara, precisa y oportuna; libertad de contratación, no discriminación de usuarios, formalización de contratos y las condiciones especiales en casos de tratarse de contratos de adhesión, derecho a información previo a la firma del contrato y el establecimiento de mecanismos de atención al cliente.
Respecto a la institucionalidad mínima que requiere la infraestructura de un sistema financiero para contribuir a la protección de los derechos de los usuarios, debe comprender entre otros, a los proveedores de los servicios, gremiales, entes reguladores y supervisores, a efecto de establecer mecanismos para que el usuario pueda informarse y reclamar sus derechos.

En el país, a las entidades que ofrecen servicios financieros se les requiere contar con una estructura administrativa que reciba y resuelva las quejas, reclamos y solicitudes de información, mientras que entidades públicas, como la Superintendencia, cuentan con los medios que permiten atender solicitudes de información, consultas, asesorías y denuncias de los usuarios del sistema financiero.
Por su parte, el rol de los usuarios es fundamental en el proceso de protección de sus derechos, ya que se requiere de ellos una participación más activa, incluso previo a la adquisición del producto o servicio financiero.

Sin embargo, dicho rol podrá ser ejercido por el usuario de una mejor forma si cuenta con una adecuada y oportuna educación financiera que le permita comprender los beneficios y limitantes que conlleva la adquisición de este tipo de productos, implicando además, conocer los mecanismos de protección existentes.
 En ese sentido, se realizan esfuerzos públicos como la creación y aplicación de la Política Nacional de Protección al Consumidor, así como algunos esfuerzos privados que contribuyen a mejorar la protección de los consumidores, promoviendo una mejor educación de los usuarios del sistema financiero salvadoreño.
La Superintendencia del Sistema Financiero en su afán de contribuir a la protección de los derechos de los usuarios, ha realizado esfuerzos encaminados para que el público cuente con  mejores servicios









Entre las Funciones de la Superintendencia del Sistema Financiero están:

Cumplir y hacer cumplir las leyes y reglamentos.
Una de sus atribuciones principales es cumplir y hacer cumplir las leyes, reglamentos y demás disposiciones legales aplicables a las entidades sujetas a su vigilancia.
          
Dictar Normas y Regulaciones
La Superintendencia debe velar por el fiel cumplimiento de lo que disponen las leyes, para lo cual emite reglamentos y otras disposiciones de carácter normativo. Asimismo vigila que se dé estricto cumplimiento a dichas disposiciones.


Autorizar la constitución y funcionamiento de intermediarios financieros
Una importante facultad conferida a la Superintendencia, es la autorización de la constitución, funcionamiento y cierre de bancos, financieras y sociedades de seguros y sus sucursales, filiales y agencias en el extranjero; lo cual hace bajo procedimientos eminentemente técnicos


Vigilar las operaciones de intermediación
Con el objeto de prevenir situaciones de iliquidez e insolvencia, la Superintendencia vigila y fiscaliza permanentemente las operaciones de las entidades del sistema financiero


Vigilar labor de autoridades externos
Además de vigilar la labor de los auditores externos, esta misma es considerada un complemento y una herramienta auxiliar para reforzar la supervisión del sistema por parte de la Superintendencia.


Garantizar transparencia de información
Por considerarlo de vital importancia, la Superintendencia brinda información al público usuario, a fin de que esté plenamente informado sobre la situación económica, financiera y jurídica de las entidades financieras.

Contribuir a conciliar diferencias
La Superintendencia actúa como conciliadora en los casos de discrepancia entre las sociedades de seguros y los asegurados, en lo relativo al pago de siniestros.

Aplicar sanciones
Un último recurso del que disponen los organismos supervisores, es la imposición de sanciones. Antes de llegar a esta acción, la Superintendencia realiza amplios esfuerzos para que los entes regulados den cumplimiento a las disposiciones señaladas en las leyes.

Intervención de entidades con problemas
Con el objeto de evitar un mayor deterioro de las entidades con problemas y una mayor pérdida para los usuarios del sistema, la Superintendencia está facultada para intervenir aquellas entidades que no den garantía de buen funcionamiento y también a tomar medidas para determinar si aún pueden superar sus deficiencias o si esto no es factible proceder a su disolución.














MARCO JURIDICO
SUPERINTENDENCIA DEL SISTEMA FINANCIERO DE EL SALVADOR

Régimen Legal

La Superintendencia del Sistema Financiero está regida por su propia Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero, contenida en el decreto legislativo no. 592 publicado en el diario oficial no. 23, tomo 390 del 2 de febrero de 2011.
La Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero, en el Artículo 3 establece para la Superintendencia del Sistema Financiero que es responsable de: supervisar la actividad individual y consolidada de los integrantes del sistema financiero y demás personas, operaciones o entidades que mandan las leyes. Para el ejercicio de tales atribuciones contará con independencia operativa, procesos transparentes y recursos adecuados para el desempeño de sus funciones.
Al efecto compete a la Superintendencia:

a) Cumplir y hacer cumplir, en el ámbito de su competencia, las leyes, reglamentos, normas técnicas y demás disposiciones aplicables a los supervisados. Asimismo, emitir y hacer cumplir las instrucciones necesarias para la aplicación de las leyes y normas que rigen a los mismos;

b) Autorizar la constitución, funcionamiento, inicio de operaciones, suspensión de operaciones, modificación, revocatoria de autorización, cierre y otros actos de los integrantes del sistema financiero, de conformidad a las disposiciones legales, reglamentarias o normativas técnicas establecidas al respecto. En el caso del cierre, coordinará las acciones que establezcan las leyes con otras instituciones involucradas;

c) Monitorear preventivamente los riesgos de los integrantes del sistema financiero y la forma en que éstos los gestionan, velando por el prudente mantenimiento de su solvencia y liquidez;

d) Propiciar el funcionamiento eficiente, transparente y ordenado del sistema financiero;

e) Vigilar que los integrantes del sistema financiero y los supervisados realicen, según corresponda, sus negocios, actos y operaciones de acuerdo a las mejores prácticas financieras, para evitar el uso indebido de información privilegiada y la manipulación del mercado;

f) Acordar la intervención de algún integrante del sistema financiero en cuyas leyes aplicables estuviere contemplada tal medida, salvo en el caso de las entidades del mercado de valores para las cuales la intervención se regula en el artículo 75 de esta Ley;

g) Autorizar las inscripciones, los asientos registrales, las modificaciones y cancelaciones a los mismos, de las personas, instituciones y operaciones que estuvieren sujetos a dicho requisito, de conformidad con las leyes de la materia;

h) Requerir que las entidades e instituciones supervisadas sean gestionadas y controladas de acuerdo a las mejores prácticas internacionales referidas a la gestión de riesgos y de buen gobierno corporativo, según las normas técnicas que se emitan;

i) Requerir la colaboración de otras Instituciones del Estado para la realización de sus atribuciones; asimismo, atender dentro de su capacidad técnica y atribuciones legales, las peticiones que estas últimas le realicen en el marco de sus respectivas competencias, a efecto de apoyar el desarrollo de sus correspondientes labores; y

j) Ejercer las demás funciones que le corresponden de acuerdo a las leyes.
La Superintendencia podrá aplicar y exigir el cumplimiento de medidas preventivas y correctivas. Asimismo, cuando hubiere lugar, impondrá las sanciones que legalmente correspondan a los supervisados que resultaren responsables en los actos, hechos u omisiones que dieren lugar a las mismas.

Para efectos de esta Ley, el término “supervisar” incluye: vigilar, fiscalizar, evaluar, inspeccionar y controlar; en tanto que dentro del término “operaciones”, se entenderán comprendidos todos aquellos patrimonios adscritos a un fin determinado, como es el caso de los Fondos de Titularización, Fondos de Pensiones y otros que señalen las leyes.

El Art. 4: le confiere a la Superintendencia las siguientes facultades:

a) Emitir las resoluciones pertinentes para los supervisados, dentro de las facultades que le confieren las leyes;

b) Definir las políticas y criterios bajo los cuales se efectuará la supervisión;

c) Efectuar la supervisión individual y consolidada de los integrantes del sistema financiero, así como la supervisión de los demás sujetos regulados por esta Ley;

d) Autorizar la promoción pública, constitución, funcionamiento e inicio de operaciones, modificación de los pactos sociales y de los estatutos en su caso y fusión de los integrantes del sistema financiero de conformidad a lo dispuesto en las leyes especiales de la materia;

e) Autorizar a las instituciones o entidades constituidas con arreglo a leyes extranjeras que se propongan operar como bancos o sociedades de seguros, para establecer sucursales y, tratándose de bancos, para establecer oficinas o para servir como centros de información de sus clientes, o bien colocar fondos en el país en créditos o inversiones, sin realizar operaciones pasivas y autorizar el cien e de las mismas;
f) Requerir a los supervisados, mediante resolución fundada y razonada, la aplicación de medidas preventivas y correctivas, consideradas en esta Ley o en las leyes específicas que les rigen, o una combinación de estas medidas, según el caso de que se trate;

g) Autorizar la suspensión de operaciones, revocatoria de autorización para operar y el cierre de los integrantes del sistema financiero, cuando legalmente corresponda. En este último caso, coordinará las acciones que establecen las leyes con otras instituciones involucradas;

h) Imponer las sanciones correspondientes de conformidad a las leyes;

i) Informar a la Fiscalía General de la República de cualquier hecho que presuntamente sea constitutivo de delito, sobre el cual tenga conocimiento en el ejercicio de sus funciones;

j) Vigilar la liquidación de los integrantes del sistema financiero de conformidad a lo que las leyes específicas determinen;

k) Supervisar las operaciones bancarias del Banco Central de Reserva de El Salvador realizadas en el sistema financiero, así como también, la administración de las reservas de liquidez y sus propias reservas; además auditará los procesos de administración y custodia de especies monetarias que realiza el Banco Central; y, certificará los Estados Financieros cuando se estime que razonablemente representen la situación financiera del Banco Central;

l) Ordenar la suspensión de operaciones a personas naturales o jurídicas que sin la autorización correspondiente, realicen actividades propias de los integrantes del sistema financiero o que requieran una autorización específica para ser efectuadas;

m) Cooperar, coordinar e intercambiar información con otros organismos de supervisión que cumplan funciones de similar naturaleza en otras jurisdicciones, con el objeto de facilitar el cumplimiento de las funciones encomendadas de acuerdo a las leyes y reglamentos aplicables, pudiendo al efecto celebrar convenios de cooperación e intercambio de información con dichos organismos;

n) Publicar información sobre los integrantes del sistema financiero y de los diferentes mercados financieros;

o) Ejercer todas las demás actividades de supervisión y otras facultades que le corresponden a la Superintendencia, de conformidad a las leyes específicas aplicables a los supervisados, en lo que no contradigan a la presente Ley; y

p) Establecer las tarifas de los registros que lleve la Superintendencia.

El Art. 9. Hace referencia a que el Consejo será la máxima autoridad de la Superintendencia y es el responsable del ejercicio de las competencias, atribuciones y facultades que esta Ley le encomienda. El Consejo estará integrado de la siguiente forma:

        a) El Superintendente nombrado de conformidad a lo establecido en     la presente Ley, quien presidirá el Consejo;



        b) Los Superintendentes Adjuntos nombrados de conformidad al procedimiento establecido en esta Ley;

        c) Un Director nombrado por el Consejo de Ministros de tema propuesta por el Ministerio de Economía;

 d) Un Director nombrado por el Consejo de Ministros de tema propuesta por el Ministerio de Hacienda;

 e) Un Director nombrado por el Presidente de la República de una tema propuesta por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas; y

      
















MARCO CONCEPTUAL
DEFINICIONES DE TEMARIOS BASICOS

Descripción de las funciones realizadas por cada una de las dependencias de la Superintendencia del Sistema Financiero

Consejo Directivo.
Es responsable de dictar normas prudenciales y contables de aplicación a las entidades supervisadas, autorizar la constitución e inicio de operaciones de bancos, sociedades de seguros y de otras entidades bajo supervisión de la SSF, así como de decretar intervenciones de las instituciones supervisadas y emitir reglamentos internos, entre otras responsabilidades.

Superintendente.
Es el Presidente del Consejo Directivo. Es responsable de la ejecución de las resoluciones que emita el Consejo Directivo, y de la dirección superior de las actividades de la Superintendencia.

Intendencia Jurídica.
Tiene la responsabilidad de atender las solicitudes de opinión jurídica de las autoridades y dependencias de la SSF para dar cumplimiento a las leyes y al orden normativo aplicable a la institución, así como a las entidades fiscalizadas. Los Departamentos de esta Intendencia son los siguientes:

Jefatura Jurídica Financiera.
Realiza un análisis jurídico sobre peticiones planteadas, y brinda apoyo a unidades de la Superintendencia, entidades fiscalizadas o usuarios del sistema financiero.


Jefatura Jurídica Administrativa.
Proporciona apoyo técnico a la institución en materia de análisis de documentos técnicos, formulación de propuestas, dictámenes técnicos en materia jurídica administrativa.

Intendencia de Riesgos y Conglomerados.
Planifica, impulsa y coordina la realización de auditorías en los conglomerados financieros, que permiten determinar que los referidos conglomerados cumplan con las disposiciones legales y normativas vigentes, así como el manejo de sus riesgos.
A su vez, esta intendencia forma parte del Comité de Enlace del Consejo Centroamericano de Superintendentes de Bancos, Seguros y Otras Instituciones Financieras (CCSBSO).
Es a través de éste Comité que se intercambia información sobre el desempeño de los conglomerados financieros que funcionan en el país y que tienen su jurisdicción en otro país centroamericano o en República Dominicana. Las Direcciones y Departamentos de esta Intendencia son los siguientes:

Dirección de Riesgos.
Evalúa y monitorea los principales tipos de riesgo de las operaciones que realizan las entidades que conforman los conglomerados y las demás entidades financieras, con el propósito de determinar el riesgo inherente de las mismas. Los departamentos de esta Dirección son los siguientes:

Departamento de Riesgo de Mercado.
Planifica, coordina, supervisa y controla las operaciones de las entidades sujetas a supervisión en lo relacionado al riesgo de mercado.
Departamento de Riesgo de Crédito.
Planifica, supervisa y controla las operaciones de las entidades sujetas a supervisión en lo relacionado al riesgo de crédito.

Departamento de Riesgo Operativo.
Planifica, supervisa y controla las operaciones de las entidades sujetas a supervisión en lo relacionado al riesgo operativo.

Departamento de Riesgo Reputacional.
Planifica, supervisa y controla las operaciones de las entidades sujetas a supervisión en lo relacionado al riesgo reputacional.

Dirección de Conglomerados.
Planifica y desarrolla inspecciones in-situ en las entidades que conforman los conglomerados financieros, a efecto de determinar los riesgos a los que están expuestas, buscando adoptar oportunamente las acciones correctivas respectivas.
Los Departamentos de esta Dirección son los siguientes:

Departamento de Supervisión.
Planifica y desarrolla las visitas de inspección en las entidades que conforman los conglomerados financieros.

Departamento de Gobierno Corporativo.
Evalúa, y supervisa el cumplimiento de las políticas y normas de gobierno corporativo de las entidades vigiladas pertenecientes a los conglomerados financieros.
Intendencia de Otras Entidades Financieras.
Planifica, impulsa y coordina la realización de auditorías en los intermediarios financieros no bancarios, aseguradoras, bancos e instituciones oficiales de crédito, que permiten determinar que dichas entidades financieras cumplen con la normativa y disposiciones legales, así como el manejo de los riesgos asumidos. Los Departamentos de esta Intendencia son los siguientes:

Departamento de Instituciones Financieras no Bancarias.
Vela porque los intermediarios financieros no bancarios sujetas a la supervisión cumplan con los aspectos legales y normativas aplicables, evaluando riesgos, a fin de mantener la confianza y estabilidad del sistema financiero.

Departamento de Seguros.
Responsable de la supervisión de las actividades de las sociedades de seguros y fianzas, con el objetivo de que funcionen sobre bases de eficiencia y competitividad. Vela por el cumplimiento de las disposiciones legales que regulan la actividad de seguros, fianzas, su intermediación y comercialización, contribuyendo a fortalecer un mercado dinámico, transparente y organizado.

Departamento de Bancos y de Otras Instituciones Públicas.

Planifica, dirige, coordina y evalúa las labores de supervisión in-situ de los bancos y las instituciones oficiales de crédito, en cumplimiento del marco legal que les es aplicable.

Dirección de Desarrollo Financiero.
Su objetivo es desarrollar proyectos de normas para establecer estándares internacionales de supervisión financiera en las labores de la Superintendencia y brindar el soporte necesario para su adopción. Los Departamentos de esta Dirección son los siguientes:
Departamento de Normativa.
Le corresponde desarrollar los distintos proyectos de normas contables y prudenciales para su posterior aprobación por el Consejo Directivo de la Superintendencia.
Departamento de Control de Calidad.
Supervisa el cumplimiento de las políticas institucionales adoptadas y la calidad en la ejecución de los procesos, metodologías y manuales establecidos por esta Superintendencia, informando sobre las deficiencias establecidas y proponer los correctivos necesarios.

Departamento de Análisis y Estándares.
Investiga y desarrolla estándares de mejores prácticas internacionales de supervisión; realiza análisis de las instituciones financieras, conglomerados financieros (a través de indicadores de alerta temprana), e instituciones oficiales de crédito, a fin de identificar los riesgos asumidos de acuerdo con la clase de negocios que realizan. También monitorea el cumplimiento de las disposiciones legales aplicadas a bancos, seguros e instituciones oficiales de crédito.

Dirección de Administración y Finanzas.

Dirige la gestión administrativa y financiera así como la de recursos humanos que requiere la Superintendencia para su adecuado funcionamiento. Facilita el planeamiento estratégico y controla el cumplimiento de los planes estratégicos y operacionales. Se apoya en los departamentos de Recursos Humanos, de Administración y Desarrollo Institucional para desempeñar su tarea.
Los Departamentos de esta Dirección son los siguientes:

Departamento de Administración.
Administra los recursos institucionales, proporcionando información contable financiera para la toma de decisiones. Brinda apoyo administrativo a las distintas unidades en la realización de sus actividades para el cumplimiento de sus objetivos y metas en los planes de trabajo.
Departamento de Recursos Humanos.
Provee el personal idóneo para el desempeño de las funciones institucionales. Impulsa programas que permiten desarrollar potencialidades y administra el régimen salarial y de prestaciones laborales al personal, propiciando el desarrollo de un clima organizacional de estabilidad y progreso.
También desarrolla estrategias e instrumentos de gestión de recursos humanos que garanticen la efectiva consecución, planificación, mantenimiento e impulsa programas que permiten el desarrollo de potencialidades del personal de la institución para asegurar continuidad a largo plazo y cumplimiento de sus fines.

Departamento de Desarrollo Institucional.
Facilita el diseño, documentación e implantación de métodos y procesos nuevos o mejorados. Coordina la elaboración y seguimiento de los planes estratégicos y operativos en todos los niveles de la Superintendencia, a través de indicadores de gestión.

Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional (UACI). Mantiene un sistema de adquisiciones que permita obtener en forma oportuna los bienes y servicios solicitados por las unidades de la Superintendencia, de acuerdo con el Manual de Adjudicación y Contratación de Bienes y Servicios y de la Ley de Contrataciones y Licitaciones.

Dirección de Informática.
Facilita el uso de la tecnología de información para el desarrollo de las labores de la Superintendencia, y para proveer a los usuarios información y seguridad de la misma.
Asimismo, planifica, promueve y dirige la informatización de los procesos institucionales en el desarrollo de sus labores y la prestación de sus servicios. Se apoya en las áreas de Desarrollo de Sistemas, Soporte Técnico, Seguridad Informática y Central de Información. Los Departamentos esta Dirección son los siguientes:

Departamento de Desarrollo de Sistemas.
Tiene a su cargo el diseño, creación, desarrollo e implementación de programas informáticos necesarios para contribuir a facilitar la ejecución de las tareas institucionales. También proporciona mantenimiento a los programas desarrollados.

Departamento de Soporte Técnico.
Responsable del buen funcionamiento y del mantenimiento del equipo tecnológico y de los programas informáticos necesarios para el desempeño de las labores del personal.

Seguridad Informática.
Implementa soluciones para la protección de los archivos de información de la institución, de tal manera que los riesgos tecnológicos sean minimizados y se logre la continuidad operacional de la institución.

Central de Información.
Crea estrategias de manejo de información a través del desarrollo de proyectos que permitan la supervisión efectiva de las entidades sujetas a fiscalización y mejorar la divulgación.
 Efectúa el seguimiento y control de la información recibida de los entes fiscalizados y vigila la integridad y confiabilidad de la información en la base de datos. También administra el Sistema de la Central de Riesgos, el cual concentra datos crediticios sobre los deudores de las entidades fiscalizadas, así como el Registro Público Institucional.
Esta unidad elabora revistas y boletines estadísticos de todas las entidades supervisadas por este organismo y genera información estadística para el mantenimiento del sitio web institucional.

Relaciones Internacionales.

Coordina actividades entre la Superintendencia con las asociaciones internacionales de las cuales es miembro así como con otros organismos internacionales. Apoya al Superintendente en temas principalmente del área económico-financiera de forma que le permita tomar decisiones informadas.
Dirección de Comunicaciones.
Coordina acciones relativas al fortalecimiento de la imagen y relaciones institucionales de la Superintendencia del Sistema Financiero.
También le corresponden labores de divulgación de información y control de los diferentes canales de comunicación internos y externos de la Institución.

Auditoría Interna.
Responsable de la planificación, dirección y ejecución de auditorías financieras y operativas en las distintas áreas de la Superintendencia del Sistema Financiero, conforme a normas y procedimientos de auditoría generalmente aceptados. Asimismo, vela por el cumplimiento del Sistema de Control Interno, atiende solicitudes de actividades especiales de las demás dependencias de la institución y propone las acciones correctivas para el mejoramiento y fortalecimiento del control interno institucional.
Instituciones Autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero.
Las instituciones autorizadas por la Superintendencia del Sistema Financiero, para captar fondos del público, aperturar y operar cuentas de depósito en El Salvador son las siguientes:
Bancos Privados:
*      Banco Agrícola, S.A.
*      Banco Citibank de El Salvador, S.A.
*      Banco Davivienda Salvadoreño, S.A.
*      Banco G&T Continental El Salvador, S.A.
*      Banco Promérica, S.A.
*      Scotiabank El Salvador, S.A.
*      Banco de América Central, S.A.
*      Banco ProCredit, S.A.
*      Banco Azteca El Salvador, S.A.
*      Banco Industrial El Salvador, S.A.


Sociedades de Ahorro y Crédito:
*      Sociedad de Ahorro y Crédito CREDICOMER, S.A.
*      Sociedad de Ahorro y Crédito Apoyo Integral, S.A.
Bancos Estatales:
*      Banco de Fomento Agropecuario
*      Banco Hipotecario de El Salvador, S.A.

Bancos Cooperativos:
*      MultiInversiones Banco Cooperativo de los Trabajadores, Sociedad Cooperativa de R.L. DE C.V.
*      Banco de los Trabajadores Salvadoreños, S.C. de R.L. de C.V.
*      Banco Izalqueño de los Trabajadores, Sociedad Cooperativa de R.L. de C.V.
*      Primer Banco de los Trabajadores, Sociedad Cooperativa de R.L. de C.V.
*      Asociación Cooperativa de Ahorro y Crédito Vicentina de R.L. ACCOVI de R.L.








Corredoras de Bolsas
Las Entidades autorizadas por esta Superintendencia para operar como Casas de Corredores de Bolsa para intermediar valores y administrar cartera son las siguientes:


Casas corredoras de bolsas que solo intermedian valores:
*      Citi Valores de El Salvador, S.A. DE C.V.
*      Prival Securities El Salvador, S.A. DE C.V.
*      Lafise Valores de El Salvador, S.A. DE C.V.
*      Roble Acciones y Valores, S.A.
*      G&T Continental, S.A. DE C.V.

Casas corredoras de bolsas que intermedian valores y administran cartera:
*      Inversiones Bursátiles Credomatic, S.A. DE C.V.
*      Servicios Generales Bursátiles, S.A. DE C.V.
*      Acciones y Valores, S.A. DE C.V.
*      Valores Davivienda El Salvador, S.A. DE C.V.
*      Valores Banagricola, S.A. DE C.V.
*      Scotia Inversiones, S.A. DE C.V.
*      Valores Cuscatlán El Salvador, S.A. DE C.V.






CASO PRÁCTICO:

A continuación presentamos un caso práctico relacionado con las operaciones activas y pasivas desarrolladas  a  diario  por  las  Instituciones  Financieras  Bancarias.  Además  se  realizará  un análisis de la incidencia tributaria de cada una de las operaciones registradas. Todo esto para efectos del cumplimiento de las obligaciones  formales y sustantivas contenidas en el código tributario, Ley de Impuesto Sobre la Renta y Ley de Impuesto  a  la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
Para  el  desarrollo  del  mismo  tomaremos  como  base  las  operaciones  realizadas  por  una Institución bancaria que se encuentra ubicada en  el área metropolitana de San Salvador, sobre la 9° calle poniente #3544, colonia Escalón, la que denominaremos Banco Torogoz.

Datos generales de la empresa:

Razón Social: Banco Torogoz, Sociedad Anónima.

Nombre comercial: Banco Torogoz

Representante Legal: Lic. Rodrigo Landaverde Pocasangre

N.I.T.: 0511-111104-101-0

N.R.C.: 458-1


Actividad Principal: la compañía se dedica  a  la captación de fondos públicos y al otorgamiento de préstamos con recursos propios y ajenos, logrando de esta manera dinamizar la economía  de la nación.

Para la compresión  del tratamiento contable y tributario de las principales      operaciones activas y pasivas de la banca, el Banco Torogoz desarrolla una serie de casos prácticos en las que se verán involucradas diversas transacciones, las cuales se detallan a continuación:

1)   Operaciones Activas

a)   Préstamos Hipotecarios
b)   Reserva de Saneamiento
c)    Prestamos Vencidos
d)   Activos Extraordinarios
e)   Préstamo Prendario
f)                Documentos descontados
g)   Tarjetas de crédito
h)   Carta de crédito


   2) Operaciones Pasivas:

a)   Cuenta corriente o a la vista
b)   Cuenta de ahorro
c)   Depósitos a Plazos
d)   Certificados de Inversión





OPERACIONES ACTIVAS
PRESTAMO HIPOTECARIO
Registro Contable otorgamiento de Préstamo Hipotecario.

El día  01 de febrero del 2010, el Banco Torogoz, S.A. otorga un Crédito Hipotecario por US$100,000.00 a la Sra. Julia Vega, sobre el cual se detallan las siguientes condiciones:


Nombre del Solicitante
Julia Vega
N.I.T.
0511-030584-001-4
D.U.I.
00509042-4
Categoría de Riesgo
"A"
Naturaleza de la Operación
Préstamo decreciente
Tipo de Préstamos
Para Vivienda
Monto de Préstamo
US$100,000.00
Destino
Adquisición de Inmueble.
Plazo
120 meses
Tasa de Interés
8.5 % anual revisable s/saldos.
Tasa Efectiva
9% anual.
Recargo por Mora
3.5 % anual s/ saldos en mora.
Forma de Retiro
Abono a cuenta de ahorros # 2120204-5 de Banco Torogoz.
Fuentes de Recursos
Fondos Propios
Forma de documentar
Escritura Publica








Garantía
Primera hipoteca abierta constituida el 30-12-09 a 15 años plazo hasta  por  un  monto  de  $80,000.00,  sobre  inmueble  de  170.27V ubicada en  dirección sen escritura: El Rebalse, Jurisdicción de Santa Elena Ostuma, Dpto.de Morazán, con el mero 5, del Block A Lotificació Santa   Eduviges,    Primera   Etapa valuad en
$100,000.00, por el Arq. Humberto Alas el 21-12-02, valor de las construcciones  $96,450.00  Cesión  de  beneficios  de  liza  de seguros para  pago de deuda VIGR-61.690 y póliza de daños DI-59.511 suscritas con la Seguros del Atlántico, S.A.


Detalle de las comisiones cobrada por el Banco Torogoz, S.A.

DESCRIPCIÓN
MONTO
IVA
TOTAL
Por otorgamiento del crédito
US$2,000.00
US$260.00
US$2,260.00
Por revisión de documentos
400.00
52.00
452.00
Por servicio de crédito
15.00
1.95
16.95
Por valúo
100.00
13.00
113.00
TOTAL
US$2,515.00
US$326.95
US$2,841.95


Verificada La solicitud del préstamo hipotecario y realizado los procedimientos correspondientes El Banco Torogoz proceden a La aprobación del crédito, por lo que realiza El siguiente registró contable:



01/02/2010                                                   Partida No.1                                                     Debe                  Haber

9110                   Derechos y Obligaciones por Créditos                                         $100,000.00

911002               Exigibilidad por Créditos Otorgados

9110020101
Créditos Aprobados pendientes de Formalizar


$100,000.00
9300
Información Financiera por el contrario
930000
Información Financiera por el contrario
9300000000
Información Financiera por el contrario

V/ Registro de exigibilidad por préstamos a 10 años plazo.
$100,000.00
$100,000.00


En la partida contable #1 se realiza el reconocimiento de la probación del préstamo Hipotecario, debido a que aun no se realizado el desembolso el banco procede a la utilización de sus cuentas de orden para tener un mejor control interno de sus operaciones, esta partida surge de acuerdo a la explicación dada por el sistema contable que utilizan las instituciones financieras bancarias. Cuando ya ha sido efectuado el desembolso del crédito a favor del  cliente, esta operación inmediatamente es revertida como lo podemos observar en la partida contable #3.
Habiéndole aprobado el crédito a la Sra. Julia Vega, después de  cumplir con todos los requisitos establecidos y  estar en un muto acuerdo con las condiciones, El banco Torogoz realiza el desembolso a la cuenta de ahorro de la Sra. Vega.


01/02/2010
Partida No.2
Debe
Haber
1142
Préstamos Pactados a más de un año Plazo
$100,000.00

114204
Préstamos a Particulares


11420101
Otorgamientos Originales


2110
Depósitos a la Vista

$97,158.05
211002
Depósitos en Cuentas de ahorro


2110020401
Particulares


2250
Créditos Diferidos

$2,415.00
225004
Ingresos Percibidos No Devengados


2250040100
Operaciones de préstamos


6110
Ingresos de Operaciones de Intermediación

$100.00
611001
Cartera de Préstamos


6110010700
Inspecciones y Avalúos


2220
Cuentas por Pagar

$326.95
222099
Otras


2220990201
Débito Fiscal


V/ Desembolso de Crédito a nombre de Julia Vega.                           $100,000.00        $100,000.00




Como se puede observar en la cuenta contable 11420101 que es una cuenta por cobrar de saldo deudor, se reconoce el monto total ($100,000.00) del crédito otorgado a la señora Julia Vega.
Después de haberle descontado las comisiones e IVA al monto del préstamo se reconoce la cuenta 211002 depósitos en cuenta de ahorro (saldo a favor de la Sra. Julia Vega), después de realizado el desembolso por $97,158.05.
La cuenta 22500401 “Ingresos Percibidos no Devengados de Préstamos, que se refleja en la transacción con  un  valor de $2,415.00, se registra de acuerdo a lo establecido por la   Norma Contable Bancaria (NCB 021).

Las comisiones por valúo son reconocidas directamente como ingresos ya que esta se da en el momento que se realiza el servicio, por lo que se carga la cuenta contable 6110 Ingresos por Operaciones de Intermediación.
En la cuenta 2220990201 Débito Fiscal por $326.95 se detalla el impuesto generado por los servicios prestados para el otorgamiento del crédito (comisiones Bancarias), el cual se considera un saldo a favor a la Dirección General de Tesorería.

De acuerdo a la normativa fiscal en el   artículo 16 de la Ley IVA, el cobro de comisión por otorgamiento de  créditos en dinero o cualquier otra forma de financiamiento se considerara prestación de servicios y por lo tanto es un hecho generador de impuesto IVA es por ello que a las comisiones cobradas por el otorgamiento del crédito, revisión de documentos, por servicio de crédito y por valúo se les ha determinado el 13 % en concepto de IVA.
Los ingresos por comisiones bancarias se consideran hecho generador del Impuesto Sobre la Renta de acuerdo a lo establecido en el art. 2 de la LISR.
Con relación a las comisiones por el otorgamiento del crédito, revisión de documentos y por servicio de crédito existe una discrepancia entre el tratamiento financiero y fiscal, ya que  de acuerdo a la normativa contable NCB 021 se registra un pasivo como crédito diferido y en el artículo 24 de LISR. Establece que las Personas Jurídicas deben tratar sus operaciones sobre el sistema de devengo y no de percepción. En tal caso el banco financieramente reconoce  las comisiones de acuerdo a la NCB 021,  pero para estar en armonía con las leyes tributarias realiza su respectiva conciliación fiscal en la que dichas comisiones son reconocidas como ingresos del ejercicio impositivo.







01/02/2010
Partida No.3
Debe
Haber
9300
Información Financiera por el contrario
$100,000.00

930000
Información Financiera por el contrario


9300000000
Información Financiera por el contrario


9110
Derechos y Obligaciones por Créditos

$100,000.00
911002
Exigibilidad por Créditos Otorgados


9110020101
Créditos Aprobados pendientes de Formalizar


V/ Reversión de exigibilidad por otorgamiento                                   $100,000.00    $100,000.00



Realizado el desembolso de dinero a la cuenta de ahorro de la Sra. Julia Vega se procede a revertir las cuentas de orden registradas en la partida contable #1.


Registro Contable Provisión de intereses sobre Préstamos.
Con fecha 28/02/2010 se registra provisión de intereses devengados durante el mes de febrero, por lo tanto el Banco Torogoz  procede al cálculo de los intereses por los días transcurridos.

$ 100,000.00 X 8.5% X 10 / 120 =  $ 708.33   (se realiza el lculo del interés mensual)








Registro Contable de Provisión y pago primera cuota sobre préstamo.

El 01 de marzo del año 2010, la señora Julia Vega se presenta a la agencia del banco Torogoz para realizar el pago de la primera cuota del Préstamo Hipotecario, con cargo a cuenta corriente de nuestro banco.



Cálculo de interés:
Importe del préstamo
US$100,000.00
Tasa de interés anual
8.50%
Plazo del préstamo en años
10 Años
Corr.
Mes
Monto
Cuota
Intereses.
Capital
Saldo
0
0
$100,000.00
$1,239.86



1
1
99,468.48
$1,239.86
708.33
531.52
99,468.48


OPERACIONES PASIVAS
CUENTA CORRIENTE  O A LA VISTA
Registro Contable Apertura de Cuenta Corriente para Persona Jurídica.

a)    El día 05/02/2010 la empresa ALQUIN, S.A. de C.V. apertura una cuenta corriente y para ello presenta copia de pacto social, credencial vigente, NIT de la empresa, DUI y NIT del Representante Legal.
El valor total de la apertura está constituido de la siguiente forma:

* Efectivo Dólares                                         $ 45,000.00
* Cheques de Otros Bancos:                         $ 21,000.00
- Banco Pro-Ahorro, S.A.    $6,000.00
- Banco La Sultana, S.A.   $15,000.00                          
 Total Apertura                                         $66,000.00
Obtenidos los datos generales de la compañía ALQUIN, S.A. de C.V.


05/02/2010
Partida No. 1
Debe
Haber
1110
Fondos Disponibles
$45,000.00

111001
Caja


1110010201
Agencias


11003
Documentos a Cargo de Otros Bancos
$21,000.00

110030100
Compensaciones Pendientes


2110
Depósitos a la Vista

$66,000.00
211001
Depósitos en Cuenta Corriente


2110010301
Empresas Privadas


V/ Apertura Cta. Cte. A/N ALQUIN, S.A. de C.V.                     $66,000.00                 $66,000.00
                                                                           

En  esta  partida  N°  1  con  el  cargo  de  la  cuenta  1110  FONDOS  DISPONIBLES  queda  a disposición del banco y reconoce el pasivo 2110 que se ha adquirido con la empresa ALQUIN, S.A. DE C.V.


Registro Contable Apertura de Cuenta Corriente para Persona Natural.


a) En la misma fecha la Verónica Estrada        apertura una cuenta corriente por $ 100.00 y presenta copia de NIT y DUI.





05/02/2010
Partida No. 3
Debe
Haber
1110
Fondos Disponibles
$100.00

111001
Caja


1110010201
Agencias


2110
Depósitos a la Vista

$100.00
211001
Depósitos en Cuenta Corriente


2110010401
Particulares


V/ Apertura Cta. Cte. A/N Verónica Estrada                   $100.00                             $100.00


















CONCLUSIÓN



La Superintendencia del Sistema Financiero, es la entidad encargada de velar que se cumplan las leyes, reglamentos y normas que rigen todo lo financiero nacional  de una forma justa y transparente. Además protege al consumidor y  cuida los bienes del estado. 
Es una institución accesible de carácter formal y muy serio en lo que se refiere al financiamiento. Su objetivo es:
 “Supervisar la actividad individual y consolidada del sistema financiero bajo el enfoque integrado, para contribuir a preservar la estabilidad, eficiencia y transparencia del mismo, cooperando de esa forma con la adecuada protección del usuario financiero






RECOMENDACIONES


Para estudiantes:
Para los/las estudiantes de Contaduría Publica es recomendable que estén siempre a la vanguardia de las modificaciones que puedan sufrir las leyes tributarias de el país.

Es de suma importancia que se conozca lo necesario para el registro y control de las operaciones económicas cualesquiera que fuesen, no importando que no se este profundizando en el tema, tanto abogados como doctores tienen el derecho de conocer el tratamiento contable de estas actividades, por ello es recomendable mantenerse al tanto de la información.

Para Usuarios:
Para los usuarios del sistema financiero tienen el derecho de saber que la información relacionada a su efectivo esta siempre disponible para que pueda ser consultada, y para mayores dificultades deben de tener en cuenta que la Superintendencia del Sistema Financiero les apoya y brinda información con respecto a sus demandas.






BIBLIOGRAFIA
Tesis:
Operaciones Financieras Realizadas por  la Banca.
Universidad Nacional de El Salvador año 2008


Superintendencia del Sistema Financiero:
Normas de Contabilidad Bancaria
Ley de Bancos
Ley de Supervisión y Regulación del Sistema Financiero
Ley del Impuesto sobre la Renta
Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios.
Código de Comercio

WEBGRAFIA

Superintendencia del Sistema Financiero:

















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